Niegan Hábeas Corpus que buscaba libertad de Uribe
- Redacción Acta diurna
- 7 sept 2020
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El recurso fue interpuesto por el abogado Ángelo Schiavenato, aduciendo que la orden de detención fue impartida por la Corte Suprema de Justicia, órgano que perdió la competencia, pues ahora el caso está en manos de la Fiscalía General de la Nación. El juez indicó que el Hábeas Corpus no es la figura jurídica competente para solicitar la libertad del exmandatario y que el hecho de que ahora el caso esté en manos de la Fiscalía no convierte la medida en una acción ilegal, toda vez que la tomó la Corte Suprema de Justicia cuando tenía plenas competencias para tal fin.
Dijo además que solo después de emitirse la medida fue que se presentó la renuncia del senador Uribe.
“No se trata de una situación especial vulneradora de derechos a la libertad del mencionado detenido, es el pacífico sendero jurídico a recorrer en un cambio de competencia originado en una renuncia voluntaria a un cargo de elección popular y la consecuencia de pérdida de fuero constitucional del senador de la República”, indicó el togado.
Insistió en que “esta pérdida de fuero de congresista y la nueva competencia de la Fiscalía no tienen la facultad de convertir las actuaciones judiciales preexistentes de la Sala Especial de Instrucción de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en ilegales y en una privación injustificada de la libertad”.
En ese sentido, se debe negar la demanda de hábeas corpus para ordenar la libertad inmediata solicitada, señala uno de los apartes del fallo que tiene 14 hojas.
Finalmente, el abogado Schiavenato Rivadeneira, quien hizo la solicitud, aseguró que aún tienen otros mecanismos para que un juez de control de garantías otorgue la libertad al expresidente Uribe.
Antecedentes
La Fiscalía General denegó el viernes la solicitud de libertad inmediata para Uribe, quien está detenido por un caso de supuesto soborno de testigos y fraude procesal, toda vez que encontró que ese tipo de peticiones solamente deben ser conocidas y decididas en audiencias preliminares por un juez de control de garantías.
A juicio del director de derecho penal de la Universidad Javeriana, José Fernando Mestre, en el caso del exmandatario sí debería proceder la libertad, aunque no cree que el camino para ello sea el que planteó la defensa del expresidente.
El penalista coincide, como lo determinó la Fiscalía, en que esa decisión le corresponde a un juez de control de garantías y no directamente al ente investigador.
La Fiscalía comunicó ayer que “evidenció que el asunto materia de investigación debe seguirse exclusivamente dentro de los parámetros de la Ley 906 de 2004, Sistema Penal Acusatorio, porque hace referencia a hechos que habrían ocurrido entre 2017 y 2018”, como pidió la defensa.
El pasado miércoles el abogado de Uribe, Jaime Granados, había dicho que el caso no podía seguir bajo la Ley 600 del año 2000, basada en un sistema mixto de carácter inquisitivo en el que quien conduce el proceso es juez y parte, sino que debía manejarse según la Ley 906 de 2004 del Sistema Penal Acusatorio.
En ese sistema, la audiencia de formulación de imputación es requisito para que pueda imponerse una medida de privación de la libertad, pero como “no hay audiencia de formulación contra Álvaro Uribe todavía, es necesario revocar la medida de aseguramiento” que ordenó la Corte Suprema de Justicia hace un mes, explicó Mestre.
Petición improcedente
El proceso del expresidente fue asignado el pasado jueves a Gabriel Jaimes Durán como fiscal especial y aunque para algunos sectores la decisión que tomó sobre la libertad de Uribe fue un grito de independencia con el Gobierno actual, para otros el fiscal solamente desestimó la solicitud de la defensa, que consideran a todas luces improcedente.
“La Fiscalía General simplemente no es competente. Sin embargo, aprovechan esto para presentarlo como un acto de independencia del fiscal Jaimes que ciertamente no ha sido, no es y no será independiente”, cuestionó el periodista Daniel Coronell en sus redes sociales.
Este proceso comenzó en 2012 cuando Uribe demandó por supuesta manipulación de testigos a Cepeda, que en esa época preparaba una denuncia en el Congreso en su contra por supuestos vínculos con el paramilitarismo, pero el magistrado instructor del caso archivó la causa contra el congresista y le abrió una investigación al expresidente por presunta manipulación de testigos.
En su momento, el fiscal Jaimes, quien se desempeña como coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, evidenció que el asunto materia de investigación debe seguirse exclusivamente dentro de los parámetros de la Ley 906 de 2004, Sistema Penal Acusatorio, porque hace referencia a hechos que habrían ocurrido entre 2017 y 2018. EFE
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