Licor, tabaco y drogas en el espacio público
- Por: Moisés Pineda S.
- 18 jun 2019
- 4 Min. de lectura

Como viene siendo lo usual en estos tiempos de la ´posverdad´, reino de las verdades a medias, de las mentiras completas, de la rabia y del miedo que son alimentados por la ignorancia invencible, la intolerancia, el odio y el ánimo de pasar por encima del derecho ajeno, un Fallo de la Corte Constitucional ha desatado una tormenta.
Ese tsunami ha servido para desarrollar una matriz de opinión pública según la cual la Corte Constitucional "ha puesto los derechos de los niños en situación de subordinación frente al derecho al libre desarrollo de la personalidad de los viciosos".
Tal opinión generalizada, ha instalado en la mente de los padres de familia, maestros, líderes religiosos, y del público en general, la idea de que "la Corte Constitucional ha autorizado que se puedan consumir, libremente, licor y sustancias psicoactivas en el espacio público".
Con estos insumos de opinión generalizada, y desarrollando esa ´idea principal´, los medios de comunicación y los ´influenciadores´ han generado un ambiente político adverso a la Corte Constitucional que sirve, en bandeja de plata, a la ultraderecha colombiana, la oportunidad de desarrollar su agenda para convocar una Asamblea Constituyente que desmonte todas las Altas Cortes y deje solo una.
Sus objetivos estratégicos son hoy la JEP (Justicia Especial para la Paz) y la Corte Constitucional.
Cabe anotar que hasta la Corte Suprema le incomoda al Uribismo, a sus seguidores y a los admiradores del ´Presidente Eterno´ (así también llaman a Chávez sus adoradores: ´Comandante Eterno´).
Por supuesto que a la consecución de estos objetivos políticos, socialmente deletéreos, contribuyen más el comportamiento de los disidentes de las FARC, el de los Comandantes Negociadores en ´estado de inconsecuencia´ y la actitud desafiante de borrachos, fumadores de tabaco, burriquetes y periqueros (en ese orden de consumidores), que las decisiones de los Altos Tribunales.
Lo cierto es que la Corte Constitucional lo que ha repetido en esta Sentencia es que en nuestra Constitución lo general es la Libertad y lo excepcional la prohibición.
El Código de Policía en su prohibicionismo generalizado invirtió el orden de este principio fundacional del Estado Social de Derecho:y convirtió la prohibición en norma general e indeterminante.
Reitera la Corte que "ninguna libertad es absoluta", que el límite de la libertad de borrachines, tabaquistas, mariguanos y cocainómanos, es el derecho de las otras personas, siendo constitucionalmente prevalentes los derechos de los niños. Eso lo ha dicho la Corte una y mil veces.
Sin embargo, los interesados en la campaña de descrédito lo callan y se inventan la infame mentira según la cual "la Corte Constitucional cambió de línea doctrinal". ¡¡Embusteros!! ¡¡Mentirosos!!
Siguiendo una interpretación sistémica y armónica de la Constitución de 1991 en la que el Municipio es el espacio privilegiado para la construcción de Democracia, donde se hacen eficaces los Derechos Fundamentales y las Libertades Civiles, la Corte Constitucional le recuerda a los Alcaldes y a los Concejos Municipales y Distritales que ellos son los competentes para ordenar los usos y las actividades permitidas en el Espacio público y que deben hacerlo armonizando los derechos de todos los que concurren en el espacio público.
Esa, en virtud de la Constitución y de las Leyes Estatutarias y Orgánicas que existen, es función de Alcaldes y de los Concejos. Ahora bien, si esto es así, ¿entonces a qué viene tanto bochinche? Las explicaciones son de naturaleza político-partidista.
Al reconocer la autonomía de los municipios para regular estas materias, en oposición a los centralistas de todos los pelambres y colores que pretenden que la vida municipal sea uniforme y homogénea en todo el país, y que tales reglas se establezcan desde Bogotá, tal decisión de la Corte los horroriza porque va en contravía del modelo de organización del Estado y del Gobierno al que aspiran el uribismo y el Centro Democrático.
En desarrollo del principio de intangibilidad de las autonomías territoriales, que protege las competencias locales, a tono con el modelo de país unitario, con descentralización de sus entidades territoriales, una de las consecuencias prácticas de esta Sentencia, revolucionaria en este aspecto, es la doctrina de que la pirámide en la formación de la Ley, debe invertirse: debe darse de la periferia al centro, de abajo hacia arriba y no como ahora se estila. Eso hace añicos la práctica unanimista y hegemónica a la que aspira la ultraderecha colombiana como modelo de organización del Estado y del Gobierno. De allí su desmesurada reacción política, disfrazada -como siempre- de moralismos.
Finalmente, y esa es la fuerza movilizadora que los impulsa, la Corte -sin mencionarlo- le concede la razón a Petro respecto del tratamiento del problema de los adictos en Bogotá que, hay que decirlo, no supo -o no quiso- consensuar con las fuerzas políticas del Consejo de Bogotá. Ese fue su error.
Para la variopinta ultraderecha, el que la izquierda colombiana pueda tener razón en algo, es razón suficiente para cambiar la Constitución de 1991, con razón o sin ella, por las buenas o por las malas. Allí está la verdad de todo esto. Lo del ron, el tabaco, la marihuana, la cocaína y la protección de los niños, es una excusa.
La defensa de ´la gente de bien´, es una gran mentira y el miedo de los alcaldes y de los concejales colombianos para meter en cintura a los infractores que les ponen votos y financian sus campañas es el obstáculo que hay que vencer.
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