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Duque deberá responder por acuerdos alcanzados en los diálogos con el ELN

  • Foto del escritor: Redacción Acta diurna
    Redacción Acta diurna
  • 6 may 2019
  • 2 Min. de lectura

Al finalizar esta semana el presidente Iván Duque tendrá que responder por qué no envió a la ONU los acuerdos alcanzados entre el Gobierno y el ELN durante los diálogos que se venían adelantando desde el anterior Gobierno con esa guerrilla.

La determinación la tomó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca luego de recibir en abril pasado una acción de tutela en la que el senador del Polo Democrático Iván Cepeda y el exministro Álvaro Leyva le solicitaban al actual Gobierno responder por tal interrogante, luego de que el presidente Iván Duque determinó cerrar la conversación con el grupo al margen de la ley.


Lea también: ONU pide al Gobierno y al ELN acordar cese el fuego Leyva y Cepeda, designados facilitadores de la mesa de conversaciones con el ELN en el Gobierno de Juan Manuel Santos, pidieron a Duque depositar ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y ante los países garantes los documentos que contienen los avances y acuerdos a los que se llegaron durante estos años de negociación además de los seis ciclos de diálogos que se surtieron entre Colombia y el ELN”.


Bajo ese entendido, “la petición obedece a que de tales acuerdos, surgieron beneficios para la población civil no combatiente, siendo esta una preocupación central del Derecho Internacional Humanitario recogida en los Convenios de Ginebra”.


Del mismo modo, aclararon en el documento que los compromisos establecidos en los acuerdos quedaron amparados por las normas del Derecho Internacional Humanitario, “normas imperativas que deben ser respetadas por no tener valor exclusivamente convencional ya que las obligaciones surgidas se enmarcan en el Derecho Internacional General”.


Así las cosas, en respuesta a las pretensiones de dicha acción de tutela la Secretaría Jurídica de la Presidencia informó que en ningún momento se vulneró el derecho de petición de los demandantes dado que se presentó la información requerida.



Sin embargo, la Sala al analizar la situación consideró que “la contestación no es acorde con lo peticionado toda vez que se limita a enunciar las normas que facultan al Presidente de la República para conservar el orden en el territorio y ser el director de los procesos de paz, pero no explica razones o motivaciones del fondo del asunto”.


Según esto la Sala argumentó que “no existe respuesta congruente y precisa”. En tal razón el tribunal dijo que existía una vulneración del derecho invocado en la tutela. COLPRENSA

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