Gustavo Petro podría quedar inhabilitado para ejercer cargos públicos
- Redacción Acta diurna
- 25 oct 2018
- 2 Min. de lectura

Según reveló la emisora La W Radio, la Corte Constitucional declaró la constitucionalidad de dos artículos que establecen las inhabilidades para funcionarios públicos que son condenados fiscalmente por la Contraloría, lo que les impediría desempeñar cargos públicos.
Ese tribunal determinó que no se puede excluir de la norma al Presidente de la República al igual que a los congresistas, teniendo en cuenta que existe un régimen de inhabilidades para dichos cargos en la Constitución.
“Si la norma dice que la inhabilidad es para todos los funcionarios públicos, no se puede excluir al Presidente y congresistas”, señaló una fuente de la Corte.
El excandidato presidencial y actual senador Gustavo Petro sería uno de los principales perjudicados con esta decisión, pues según lo fijado por la Corte. Petro podría tener su futuro político comprometido por una inhabilidad fiscal de $217.000 millones que tiene por parte de la Contraloría de Bogotá impuesta por la rebaja a los pasajes de TransMilenio en 'horas valle' (de menos congestión), la cual se encuentra suspendida por un tribunal administrativo pero que está en revisión.
La deuda que tiene el senador tiene que ver con varias condenas por responsabilidad fiscal cuando fue alcalde de Bogotá, por lo que según denunció la emisora citada, el funcionario está inhabilitado para posesionarse por elección popular mientras no pague dichas sanciones.
Por su parte, la Sala Plena estudió la ponencia que solicitaba se mantuviera la normativa tal y como rige desde 2002 con la ley 734.
“Esta inhabilidad cesará cuando la Contraloría competente declare haber recibido el pago o, si este no fuere procedente, cuando la Contraloría General de la República excluya al responsable del boletín de responsables fiscales", dice la normativa en el primer parágrafo del artículo 38.
Sin embargo, desde la Corte Constitucional explicaron que la justicia debe revisar con lupa las multas y sanciones impuestas por el órgano fiscal y “determinar que éstas no sean irracionales y desproporcionadas”.
En razón a la decisión, el senador anunció en su cuenta de Twitter que tal determinación del alto tribunal sería una violación.
"Si la sentencia de la Corte Constitucional es como anuncia la prensa significa que el Estado Colombiano se va radicalmente en contra de la Convención Americana de DD.HH. y la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de Leopoldo Lopez que es obligatoria para Colombia", dice el trino. COLPRENSA / AD
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