top of page

¡Vigilado Supersalud!

  • Por: Ulahy Beltran L.
  • 25 may 2018
  • 3 Min. de lectura


Cobrar lo que le deben a uno es legítimo. Utilizar la normatividad vigente para cobrar y procurar el pago de lo que le deben a uno, es igualmente legítimo. Reclamar que una superintendencia sectorial como agencia del estado vigile el comportamiento tanto de deudores como de acreedores de dicho sector, es válido.


Así las cosas, decir que una superintendencia del estado es omisiva porque no cumple con sus funciones de ejercer la inspección, vigilancia y control del sector correspondiente, resulta cierto, legítimo y válido. Sin embargo, Colombia es el país de los hechos increíbles y nuevamente quienes operan el ordenamiento jurídico de este país no actúan en favor de las víctimas, sino que parecieran actuar en su contra.



Por todos es conocido uno de los crónicos males que ha caracterizado al sistema de salud en este país, sobre todo en los últimos lustros: la billonaria cartera que las EPS le deben a hospitales públicos y a clínicas privadas. En muchas ocasiones, esas EPS, vigiladas todas y cada una de ellas por la Superintendencia Nacional de Salud, llegan, operan un tiempo, entran en crisis financieras por una u otra razón, las interviene dicha Superintendencia y terminan finalmente liquidadas y se van, dejando en el aire a sus afiliados, así como también las astronómicas deudas que nunca les pagaron a las IPS que les prestaron sus servicios.


Un grupo de cerca de 40 IPS se cansaron de esta situación y demandaron a la citada Superintendencia por el no pago de los servicios prestados a usuarios de EPS que fueron liquidadas entre el 2014 y el 2016. La razón de la demanda se fundamenta en la falta de cumplimiento de la función de vigilancia de parte de dicha Superintendencia a esas EPS como garante de la prestación del servicio de salud y que llevó a que las IPS demandantes estén reclamando más de $85.000 millones por esos servicios dejados de pagar por las EPS liquidadas, que repito, varias de ellas estuvieron antes de su liquidación, intervenidas o en vigilancia especial por la Supersalud. Se ha conocido que un juez de la República ha fallado a favor de las IPS demandantes y por tal razón la Superintendencia Nacional de Salud tendrá que pagar esa suma a las IPS que entablaron la acción judicial.


Y aunque el actual superintendente de Salud, Luis Fernando Cruz, manifieste su desacuerdo y sostenga que el fallo pone a esta agencia del Estado “a responder por un pleito que es entre particulares” y que Luis Guillermo Vélez, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, diga que es un fallo exótico y ya trabaja en acciones contra el fallo para determinar si el juez incurrió en alguna falta disciplinaria o de otra naturaleza, lo único cierto es que las EPS deudoras y que al liquidarse dejaron de pagar sus obligaciones con las IPS que atendieron sus usuarios, estuvieron vigiladas hasta el final por la Superintendencia Nacional de Salud.


Llegó el momento de que esta Supersalud, tradicionalmente tardía en sus reacciones, gran protectora de los aseguradores, nada proactiva y poco protectora de usuarios y prestadores, asuma las consecuencias de no cumplir de la manera debida con su función vigilante en el sistema. ¡Vigilado Supersalud!

ubeltran@hotmail.com @ulahybelpez


El autor es Médico Cirujano y Especialista en Gerencia de Servicios de Salud (Universidad del Norte, Barranquilla); Especialista en Seguridad Social Latinoamericana (CIESS, México). Ha sido: Vicepresidente Nacional de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas; Consejero Nacional, Departamental del Atlántico y Distrital de Barranquilla de Seguridad Social en Salud; miembro de juntas directivas y asesor de IPS privadas y empresas sociales del estado; asesor en salud en entidades territoriales; asesor de la Contraloría General de la República. Actualmente: conferencista nacional e internacional en reformas de salud; docente universitario de postgrado en legislación en salud; columnista en medios impresos y virtuales; consultor y asesor en servicios de salud.

Comentarios


© 2017 Acta Diurna  - Línea de atención: (57) 318 3872489 - Calle 45 No 43-30 L. 115 - Barranquilla, Colombia
Contáctenos Aquí
bottom of page