Plata para pago de deuda de Caprecom: parte embolatada y parte perdida
- Por: Ulahy Beltrán L.
- 16 mar 2017
- 4 Min. de lectura

Las dificultades para que a los acreedores de la liquidada Caprecom EPS les paguen lo que se les debe, parecen no acabar, y antes les aparecen otras nuevas.
Quienes esperaban les fuesen pagadas sus acreencias una vez finalizado el proceso liquidatorio de dicha EPS (finalizado el 27.01.2017), ya sabían que sólo iban a recibir el 41% del valor total reconocido como deuda cierta, pues no los recursos para pagar resultan insuficientes para cancelarles la totalidad de la deuda.
En otras palabras, el resto de las acreencias no tienen certeza de ser pagadas porque sencillamente no hay plata suficiente para hacerlo.
No se puede olvidar la situación de “tierra rasada” en la que quedó la que fue la EPS pública con mayor cantidad de afiliados en el régimen subsidiado en el país y con mayor presencia en el territorio nacional, a tal extremo que el Congreso de la República tuvo que aprobar en la ley de endeudamiento (Ley 1771 de 2016) unos recursos “extras” para poder pagar las acreencias que iban a resultar de las reclamaciones en el proceso liquidatorio, pues los pasivos de la EPS resultaban ser mucho mayores que los activos de la misma. En el trámite e impulso de esta Ley debe reconocerse la gestión realizada en los debates en el legislativo por parte de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC), y que en últimas, dicha norma significa hasta ahora la única fuente segura de plata para pago a las IPS acreedoras de la liquidada Caprecom EPS.
Así las cosas, los recursos así autorizados en la Ley 1771 de 2016 ($500 mil millones) y los recursos procedentes de la venta de los activos en el proceso liquidatorio de la EPS, deberían haberse destinado para el pago de las acreencias al final de dicho proceso. Desafortunadamente, lo único cierto es que para el pago de acreencias hasta este momento los únicos recursos son los mencionados $500 mil millones que aprobó el Congreso de la República y que sólo podrán cubrir ese 41% del total de la deuda.
Con respecto al resto de la deuda, aunque el gobierno en mensaje a los hospitales públicos –grupo que resultó muy afectado financieramente tanto con la operación de la EPS como ahora con su liquidación-, ha prometido “honrar el total de la deuda”, para lograr esto probablemente deba gestionar el trámite de otra ley de la República, asunto que demora bastante, sobre todo ahora que otros temas muy distintos a la salud son los que constituyen prioridad en la agenda legislativa del gobierno.
Desde noviembre del año anterior a los hospitales les vienen informando que los pagos de ese 41% porcentaje que se habrían de recibir en el mes de enero de este nuevo año, luego que en febrero y ahora en el mes de marzo, y ahora, mediante correo electrónico del 09.03.2017, la Fiduciaria La Previsora "en calidad de vocera y administradora del patrimonio autónomo de remanentes P.A.R. Caprecom liquidado" les ha notificado a los acreedores de una realidad que empeora aún más la crítica situación por la que atraviesan estos prestadores de servicios de salud. Se les ha informado a dichos pagos “se realizará de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 141 de 2017, es decir, una vez se materialice la conversión de los Títulos de Tesorería TES, Clase B que emitió el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se realice su liquidación en el mercado, y que adicionalmente la totalidad de los acreedores remitan la documentación requerida, con el fin de viabilizar el pago a prorrata de los recursos disponibles”.
Ahora bien, el interrogante sigue siendo: ¿cuándo finalmente se producirá entonces el pago a los acreedores de Caprecom? La misma comunicación se encarga de responder al decir que “el tiempo de conversión de los TES…depende del comportamiento del mercado, por lo cual se busca que su valor de venta no afecte el monto por el cual fue transferido por el Gobierno Nacional y en consecuencia de los acreedores”. En otras palabras, como dijo una gerente de un hospital público del Atlántico, ese pago demorará “un día, una semana, o sencillamente otro año más”.
En resumen, en el caso de la liquidación de Caprecom EPS, para los acreedores el escenario implica que del total de la deuda reconocida como cierta, sólo una parte se les pagará (el 41% o menos), pero esto sólo será cuando se negocien los TES en los términos definidos en el Decreto 141 de 2017 y esto no se puede predecir cuándo ocurrirá; y sobre el resto de la deuda, lo cierto es que hoy no hay como pagarla, y para poderlo hacer debería tramitarse una ley de la República, y esto tampoco se puede decir cuándo será.
Ñapa 1: Como quiera que el citado Decreto 141 prohíbe que los TES se negocien por debajo de valor nominal, no se vislumbra con claridad un pago próximo o inmediato a los acreedores de Caprecom pues en estos momentos las ofertas de negociación de dichos TES están muy bajas y por lo tanto, se debe esperar que éstas mejoren para poderlos negociar.
Ñapa 2: Enredado como está el pago de las acreencias producto de la liquidación de Caprecom, ahora también se conoce lo que ocurrirá con el pago de las reclamaciones reconocidas en la liquidación de Saludcoop EPS y es que tampoco se pagarán todas las deudas reconocidas a las IPS acreedoras, de acuerdo con lo informado por la liquidadora de esa EPS.





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