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La paz sin impunidad

  • Por: Amylkar Acosta M.
  • 19 sept 2016
  • 5 Min. de lectura

A quienes cuestionan la Justicia transicional pactada en el Acuerdo final hay que recordarles que la misma no es un invento del Gobierno de Juan Manuel Santos ni fue una imposición de las FARC en la Mesa de negociación de La Habana. La Justicia transicional que, como su nombre lo indica es de tránsito, es transitoria, no es extraña a la Constitución Política que nos rige desde 1991. Está prevista en el Artículo transitorio 66, adicionado posteriormente por el Acto legislativo 01 de 2012, “en el marco del artículo 22 de la Constitución Política”, el mismo que erige la Paz como un derecho y un deber de todos los colombianos, sin excepción, de obligatorio cumplimiento. Por ello sorprende que un jurista de los quilates de José Gregorio Hernández, ex presidente de la Corte Constitucional, sostenga que con la Justicia Transicional se está sustituyendo “todo el sistema de administración de justicia”, que, para alcanzar la paz sólo “habría que prever algunas normas de justicia transicional”. Todo ello, sólo para justificar su negativa al Acuerdo final en el Plebiscito.

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En el acápite de la Justicia Transicional, se establece claramente que esta no aplica a crímenes de lesa humanidad y genocidios, tal y como quedó establecido en el Acuerdo final. Es más, ante la Justicia Transicional deberán comparecer todos aquellos que sean presuntos responsables de los crímenes más graves y emblemáticos cometidos en el decurso de estos 52 años de guerra con las FARC a los que se les está poniendo fin con es te Acuerdo final.


Pero es bueno también dejar en claro que además de la investigación, juzgamiento y las sanciones que impartirá el Tribunal Especial de la Justicia Transicional, este tiene su correlato en la Comisión de la Verdad, para el esclarecimiento de los responsables de la comisión de los delitos, así como las circunstancias de tiempo, modo y lugar de perpetración de los mismos, como también de la Unidad de búsqueda de los desaparecidos y las unidades de reparación. Ello es lo que permitirá que se conozca la verdad y sobre esta base poder reparar a las víctimas, que han estado en todo momento en el centro tanto de la negociación como del Acuerdo final. Sostiene el ex ministro y uno de los coordinadores de la campaña por el NO del Centro Democrático Carlos Holmes Trujillo que “para las víctimas, lo importante es que haya justicia de verdad. Lo que le conviene al país es que las principales responsables de los delitos más graves paguen las penas adecuadas. Es decir, prisión, además de las penas complementarias, como el trabajo forzoso”. Lo primero que tenemos que advertir es que las víctimas no opinan lo mismo que él, pues, como afirma una de ellas, Sebastián Arismendi, hijo del Diputado Hector, quien fue secuestrado y asesinado a mansalva por parte de las FARC junto con 10 diputados más, se han dado cuenta de que viendo a sus victimarios en la cárcel “no me traería a mi padre de vuelta, pero obligándolos a escucharme y escucharlos arrepentidos por lo que hicieron, me hizo sentir grande y a ellos verlos muy pequeños”. Es decir, que a ellos les interesa y les importa más saber la verdad sobre la suerte que corrieron sus familiares que los años de cárcel que reciban como castigo. Huelga decir que en Colombia, ni siquiera en la Justicia ordinaria, se contempla el “trabajo forzoso” como pena accesoria, como lo propone Carlos Holmes. Además, quién ha dicho que necesariamente “las penas adecuadas” tienen que traducirse en prisión; ese concepto está revaluado en el mundo entero, pues parte de una concepción retributiva de la pena cuando la que hoy se impone es la pena restaurativa, que además de ser reparadora es la única que puede evitar la repetición. Bien dice otra víctima, esta vez del atentado al Club El Nogal por parte de las FARC, Martha Amorocho, que perdió allí a su hijo Alejandro, que “la verdadera reparación es el compromiso de que no vuelva a pasar…Si no sabemos la verdad de las cosas no habrá paz…Si no sabemos por qué pasó, cómo hacemos para que no vuelva a pasar”.



A este propósito, cabe preguntarse si la pena de 8 años que pagó el paramilitar Juancho Prada, luego de ser condenado por el Tribunal de Justicia y Paz de Bogotá, que lo responsabilizó de 4.600 asesinatos, es proporcional a los delitos que cometió y, lo que es más importante, en cuanto reparó a sus víctimas este facineroso que hoy goza de su libertad desde octubre del año pasado por pena cumplida, por el sólo hecho de haber estado en prisión. Se insiste por parte de los detractores del Acuerdo final en que la Justicia Transicional entraña impunidad, no obstante el pronunciamiento nada menos que por parte de la Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) Fatou Bensouda, quien saludó “el anuncio del Acuerdo final de paz como un paso crucial hacia el fin del prolongado conflicto durante el cual numerosas atrocidades fueron presuntamente cometidas por todas las partes”.


Cuánto hace que se nos venía amenazando con el coco de la CPI, afirmando que ante la impunidad que se estaba fraguando en las negociaciones de La Habana era inexorable su intervención para impartir la justicia que supuestamente se estaría denegando en lo que se estaba acordando. Añadió la Fiscal que “el anuncio del 24 de agosto de 2016 sobre la conclusión de las negociaciones de paz entre el Gobierno de Colombia y las FARC – EP es sin lugar a dudas un logro histórico para Colombia y para el pueblo colombiano, cuyas vidas se han visto profundamente afectadas por el conflicto armado de 52 años”. . Y advierte, además, la Fiscal que “Colombia ha reconocido que los delitos graves amenazan la paz, la seguridad y el bienestar del mundo y manifestado su determinación de poner fin a la impunidad de los autores y de este modo contribuir a la prevención de nuevos crímenes. Tomo nota con satisfacción, que el texto final del Acuerdo de paz excluye amnistías e indultos por delitos contra la humanidad y crímenes de guerra según el Estatuto de Roma”. Y remató diciendo que “desde el inicio de las negociaciones he apoyado en todo momento los esfuerzos de Colombia para poner fin al conflicto armado de varias décadas, de conformidad con sus obligaciones bajo el Estatuto de Roma y continuaré haciéndolo de la misma manera durante la fase de implementación”. Lo pactado en La Habana ha recibido el espaldarazo no sólo de parte de la CPI sino también de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y del Representante en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia Todd Howland. Este último afirmó recientemente que “la Oficina valora positivamente también los reconocimientos de responsabilidad realizados por parte de las FARC, por las violaciones perpetradas en años de guerra. Reconocer las violaciones cometidas durante el conflicto armado colombiano es difícil pero se hace necesario. Este será un proceso que aunque doloroso, nos indica que el país está cambiando positivamente al pasar de la negación de las violaciones al reconocimiento de las mismas. La Oficina invita al Gobierno de Colombia y a las FARC a continuar reconociendo las violaciones perpetradas en el pasado, como parte tanto del cumplimiento de los acuerdos de La Habana, como de las obligaciones de las dos partes frente a los derechos de las víctimas”.

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