Corte estudia si reelecciones de Uribe y Santos son inconstitucionales
- Redacción Acta diurna
- 4 may 2016
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La Corte Constitucional estudiará una ponencia que apoya los argumentos de una demanda que busca anular una decisión que en 2005 tomó la propia Corte, dando su aval a la reforma constitucional que permitió la reelección de Álvaro Uribe Vélez. Lo trascendental de este asunto es que la ponencia que estudia la Corte indicaría que los segundos mandatos del expresidente Uribe y del presidente Juan Manuel Santos son inconstitucionales. La Corte en la sentencia C-1040 de 2005 dio su aval al Acto Legislativo 02 de 2004 que estableció la reelección y permitió que Uribe se postulara para un segundo periodo y lo alcanzara. Esta es la misma norma que permitió que Santos buscara igualmente su reelección. La Corte en ese momento tuvo un álgido debate. El entonces magistrado Jaime Araújo Rentería siempre rechazó la posibilidad de la reelección por considerar que se motivó en una actuación fraudulenta y ahora, ya como exmagistrado, solicitó a la Corte que tumbe su propio fallo. Su argumento es que la Corte Suprema de Justicia condenó a los exministros Sabas Pretelt y Diego Palacio por el delito de cohecho, por ofrecer dádivas a congresistas para que votaran a favor de la reforma. Es decir, que la reforma fue producto de un delito. La ponencia del magistrado Gabriel Eduardo Martelo indica que la Corte debe anular su propia decisión del 2005 y asegurar que la reforma constitucional que permitió la reelección es inconstitucional, es decir, anular dicho acto legislativo del ordenamiento jurídico colombiano. La aprobación de esta ponencia por parte de la Corte establecería que los segundos mandatos de Uribe y de Santos no serían legítimos.
En el caso de Uribe, se estaría señalando que su reelección fue inconstitucional por haberse aprobado por medio de la realización de un delito, pero esto no afectaría ninguna de las actuaciones que realizó como Jefe de Estado. En el caso del presidente Santos, no se afectaría la terminación de su mandato ni las decisiones de su gobierno, pues se presume que aspiró al cargo bajo normas que en ese momento eran válidas. Ahora bien, la ponencia del magistrado Gabriel Mendoza, también señala que si la Corte anula la reelección, no era necesaria la reforma de Equilibrio de Poderes que ‘tumbó’ definitivamente la posibilidad que un Jefe de Estado se reelija y, en consecuencia, también quedarían por fuera del ordenamiento jurídico colombiano las normas de esta reforma relativas a la prohibición de reelección.
Aún así, de ser aprobada la ponencia, reviviría la norma constitucional original de la Constitución de 1991 que prohibía la elección como Presidente de la República de cualc}quier colombiano que haya ostentado el cargo. ACTA DIURNA/COLPRENSA.
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